La Ley Postal define la expresión "servicios postales” como cualesquiera servicios consistentes en la recogida, la admisión, la clasificación, el tratamiento, el curso, el transporte, la distribución y la entrega de envíos postales. Por tanto, la admisión es una fase del servicio postal integral que presta Correos.
Por su parte, el Reglamento de Prestación de los Servicios Postales define el concepto de admisión como la recepción por parte del operador postal (Correos, en nuestro caso) del envío que le es confiado por el remitente para la realización del proceso postal integral (hasta su entrega al destinatario o, en su caso, la devolución al remitente), y del que se hace responsable en los términos previstos en ese Reglamento. Es decir, la admisión es la fase de entrada de los envíos postales en el circuito postal.